Presentació dia 06/04 del cicle de xerrades a la biblioteca Maria Rius

        El dijous dia 6 d'abril es realitzarà la presentació del cicle de xerrades entorn el càstig i les institucions totalitàries, on desenvoluparem les diferentes temàtiques i presentarem els diferents col·lectius i ponents que hi participaran. Aquesta presentació anirà acompanyada del passi del documental "Abajo los muros", en la mateixa pàgina del blog podreu trobar l'enllaç per mirar-lo online.


Basta de discriminar a las personas privadas de libertad en el acceso a los medicamentos

Tras el varapalo que supuso la STS Sala III nº 696/2016, de 28-03-2016,  que anuló parcialmente la Instrucción 13/2011 del Ministerio del Interior de 30 de septiembre de 2011 (sobre prescripción de medicamentos en Centro Penitenciarios) -en lo que a la posibilidad de sustituir medicamentos prescritos por otro de diferente composición y diferente estructura química original- por no tener respaldo legal en la Ley 29/2006, a la Subdirección General de Coordinación de Sanidad Penitenciaria del Ministerio del Interior no se le ocurrió otra cosa que dictar la Instrucción 1/2016.
Tal Instrucción 1/2016, de 1 de junio de 2016, insiste en obligar a los médicos penitenciarios a recetar solo principios activos que estuvieran contenidos en la Guía Farmacoterapéutica (GFT) de Instituciones Penitenciarias y, en caso de no hacerlo, requerir obligatoriamente de un visado de inspección por parte de la SGIIPP, cuya solicitud debe ser detallada y pone en marcha un procedimiento que finaliza con la autorización o no del medicamento por parte del Centro Directivo. Todo ello supone, en el mejor de los casos, una dilación en la dispensación del fármaco.
En definitiva, Instituciones Penitenciarias impide que las personas presas puedan acceder a medicamentos en igualdad de condiciones que las personas libres que acuden a la sanidad pública y por lo tanto se las discrimina por razón de la situación de privación de libertad.
Esta Instrucción también afecta a la propia deontología médica y a la libertad de prescripción e independencia de los propios servicios médicos de prisiones en cuanto les obliga a adaptarse a la GFT a la hora de prescribir la medicación.
A raíz de un recurso formulado frente a la Instrucción 1/2016, la Sala del TSJ de Madrid ha resuelto cautelarmente suspender varios artículos. Por tal razón la SGIIPP del Ministerio del Interior ha dictado la Instrucción 2/2017, de 27 de enero 2017, en la que con carácter temporal y hasta que se resuelva en sentencia firme el recurso formulado suspende la vigencia y aplicación de determinados artículos de la Instrucción 1/2016. En concreto, la obligatoriedad de prescripción por principio activo adaptándose al contenido de la GTP por parte de los médicos penitenciarios y la obligatoriedad del visado de inspección y del procedimiento a que antes me he referido.
Resulta irrisorio que la propia Instrucción 2/2017 recuerde a todos los profesionales sanitarios que deben cumplir la Ley 29/2006, cuando ha sido la propia IIPP la que ha venido cercenando la libertad de prescripción de los médicos penitenciarios y la que impone un régimen discriminatorio a las personas por razón de su privación de libertad respecto de las que no lo están y acceden al sistema de sanidad pública.

LA LEY DEBE CUMPLIRSE

Nosotros debemos recordar a IIPP eso, ¡que cumplan la ley! ya que tanto la Ley 29/2006 (art 88.1) como el propio art 208 del Reglamento Penitenciario garantizan el derecho de todos los ciudadanos a obtener medicamentos en condiciones de igualdad en todo el sistema nacional de salud y el derecho de todas las personas privadas de libertad sin excepción a una atención médico sanitaria equivalente a la dispensada al conjunto de la población, con derecho a la prestación farmacéutica que se derive de tal atención.
Ambos son expresión del derecho fundamental a la igualdad de todos los españoles ante la ley, sin discriminación alguna, así como del derecho a la protección a la salud que reconoce la Constitución.
En los XVIII Encuentros de los Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria celebrados en noviembre 2016 en Las Palmas de Gran Canaria tuvimos la oportunidad de dar la enhorabuena a nuestra compañera Maribel Mora Grande que, además de defender la moción, logró la unanimidad de todos los grupos parlamentarios del Senado para instar al Gobierno a que la sanidad penitenciaria fuera transferida a los servicios autonómicos de salud, en cumplimiento de la DA 6ª de la Ley 16/03, de 28 de mayo.
Salvo Cataluña y el País Vasco (que tienen competencias en materia de sanidad penitenciaria) los demás esperamos que las ansiadas transferencias a las Comunidades Autónomas se lleven a cabo cuanto antes y que eviten este tipo de disfunciones y discriminaciones de IIPP respecto de las personas privadas de libertad. Por ello debemos recordar ahora al Gobierno estatal y a los autonómicos que cumplan la ley cuanto antes y agilicen de forma efectiva el proceso de transferencias.
De esa forma además, se respetará el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental (art 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966) y con el Apartado 40 de la Recomendación REC (2006) del Comité de Ministros de los Estados Miembros sobre Reglas Penitenciarias Europeas que claramente establece que la política sanitaria penitenciaria debe estar integrada en la política nacional de salud pública y ser compatible con ésta y que las personas privadas de libertad deben tener acceso a los servicios sanitarios del país sin sufrir discriminación basada en su situación jurídica.

Curtmetratge Regim d'aïllament el punt més fosc de les presons


Enllaç al curtmetratge Regim d'aïllament: el punt més fosc de les presons

https://www.youtube.com/watch?v=D5K5OBE5LPw

    L’aïllament és un dels règims de vida més controvertits de les presons catalanes. En els anomenats Departaments Especials de Règim Tancat (DERT), els interns estan tancats a la cel·la durant 21 hores al dia i només poden sortir al pati una sola vegada. Els especialistes afirmen que aquest règim pot provocar danys psicològics irreversibles a partir del catorzè dia i l’ONU prohibeix aplicar-lo de manera perllongada. Tot i això, algunes persones s’hi passen mesos o anys. A Catalunya, la taxa de suïcidis als DERT és 3 vegades més alta que al règim ordinari i 12 vegades més que fora de la presó.
Diversos interns han denunciat haver patit abusos en aïllament. L’Estat espanyol és signant del protocol d’Istambul, que fixa garanties contra els maltractaments, però el Síndic de Greuges, a través del Mecanisme Català de Prevenció de la Tortura, alerta que als DERT no hi ha els dispositius de vigilància adequats. La Generalitat nega cap responsabilitat en casos com el de la Raquel E. F., que es va suïcidar a Brians després de 209 dies al DERT i d’haver-ho intentat anteriorment. Ara, el centre penitenciari prepara un pla perquè els presos que pateixen trastorns límits de la personalitat -entre un 20 i un 30% dels que hi ha en aquest règim- puguin sortir-ne i ser tractats en unitats psiquiàtriques. Durant els propers mesos, un grup de treball al Parlament de Catalunya analitzarà com s’aplica l’aïllament al nostre país.



Documental Abajo los muros


Enllaç al documental de: Abajo los muros

https://www.youtube.com/watch?v=MylvjiDHeEg

Abajo los Muros es un Documental de bajo presupuesto que plantea la situación silenciada en la sociedad sobre las cárceles de adultes y de menores.
Con protagonistas como Enrique Martínez Reguera, Javier Ávila Navas, Rodrigo Lanza (4F), Manuela Ramajo (Madres contra la droga), Naomi Abad Velasco (Abogada Penalista Pro-presxs) etc. que nos harán un recorrido sobre la situación de las personas encarceladas y como se afrontan las dificultades físicas y emocionales para poder llevar a cabo esta lucha contra contra las cárceles, que dejan un número muy importante de personas muertas en prisión y condenadas a la marginación.


Uno de cada cuatro encarcelados sufre patologías psiquiátricas

Una de cada cuatro personas ingresadas en los centros penitenciarios presentan patologías psiquiátricas, según los responsables del programa del Grupo de Educadores de Carrer y Trabajo con Menores (GREC), que facilita la reinserción social, laboral y familiar de estas personas durante el proceso de salida del centro penitenciario.
La consellera de Servicios Sociales y Cooperación, Fina Santiago, acompañada por el director general de Planificación y Servicios Sociales, Andreu Horrach, visitó ayer este servicio de acompañamiento para personas con diagnóstico de salud mental que están o han estado cumpliendo condena en el Centro Penitenciario de Mallorca.
La consellera conoció durante su recorrido por las instalaciones a algunos de los 65 usuarios de este servicio, que les ayuda en su reinserción en la comunidad. Su departamento destinó el año pasado 185.021 euros a este programa que lleva 10 años en funcionamiento y, este año, es un servicio cofinanciado por el Fondo Social Europeo.
Drogas Los responsables del programa, una de cada cuatro personas ingresadas en los centros penitenciarios presentan patologías psiquiátricas. Y si se incluyen el abuso o dependencia a drogas, una de cada dos personas ingresadas en prisión sufre algún tipo de alteración en su estado mental.
Para ayudarles, este proyecto prevé un acompañamiento y seguimiento intensivo a nivel individual y diferentes talleres a nivel grupal, así como un trabajo familiar y un trabajo de mediación y de acompañamiento a los recursos penitenciarios y comunitarios.
La cobertura del colectivo de personas con diagnóstico de salud mental a través de la creación de una red pública integral de atención a las personas es una de las apuestas de la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación para esta legislatura.

La inflación punitiva: más presos con menos delitos

La relación entre libertad y seguridad sufre en España un claro desequilibrio a favor de la segunda, o en perjuicio de la primera, en materia de seguridad ciudadana. Las tasas de delincuencia del país se encuentran entre las más reducidas de Europa mientras las de población penitenciaria destacan por su elevación entre las de los Estados de ese mismo ámbito. Resulta paradójico: más presos de lo normal con menos delincuentes de lo habitual al mismo tiempo. Parece, en cualquier caso, un caso de inflación punitiva, en el que los legisladores amplían constantemente el catálogo de infracciones de las leyes penales, en un proceso expansivo en el que crecen los ámbitos y las acciones criminalizados al tiempo que se agravan las condenas, con lo que su aplicación se traduce en un insólito aumento de las reclusiones –y de su duración–, en las que, por otra parte, no siempre se materializa el componente educativo o de reinserción que convive en las condenas con el retributivo o de castigo.

La criminalidad, además de ser reducida, tiende a la baja en España. Según Eurostat, el sistema estadístico de la UE, el país pasó de registrar 2.396.900 infracciones criminales –delitos y faltas– en 2008 a 2.268.900 en 2012, periodo en el que la cifra también se redujo en otros quince países comunitarios. Y, según el Ministerio del Interior, la delincuencia cayó a partir de entonces de una manera vertiginosa, ya que el 2015 se cerró con un cómputo oficial de 2.035.625, que supone un descenso ligeramente superior al 15% conforme avanzaba la crisis económica. Esos datos situaron la tasa de criminalidad en 43,7 delitos y faltas por cada 1.000 habitantes, “la más baja de los últimos doce años”, señala el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz. Más de la mitad de los delitos de los que tienen conocimiento las fuerzas de seguridad son robos y hurtos: 564.657 de los 993.596 denunciados entre enero y junio, con un importante peso cuantitativo de los atracos a personas y locales –30.773, más de siete por hora– y los asaltos a viviendas –57.458, unos 315 por día–.

Estos datos sitúan a España en el grupo de países con menos delincuencia de la UE. Concretamente, entre los cuatro últimos según la última estadística del Ministerio del Interior. Solo Italia, Portugal y Grecia mejoran su situación, que se encuentra a mucha distancia de la que se da en países como Suecia o Bélgica, que triplican y duplican, respectivamente, sus índices.

Duplicar en presos a los países con mayor criminalidad

Sin embargo, y por el contrario, España ocupa el décimo lugar en la clasificación de los países comunitarios por su índice de población reclusa: 150 presos por cada 100.000 habitantes que le sitúan al mismo nivel que el Reino Unido, pese a que este sufre una tasa de criminalidad dos tercios superior, y que hacen que duplique las de Suecia y Dinamarca y que le saque un 50% a Bélgica, los tres países con mayores índices de delincuencia de la UE.

La población penitenciaria se ha mantenido estable en España desde el inicio de la crisis, con una ligera tendencia a la baja de apenas el 4%, ya que pasó de los 64.228 presos con los que comenzó 2007a los 61.614 –de ellos, 7.032 preventivos– con los que cerró 2015 –los datos no incluyen la población reclusa en Catalunya-, aunque con dientes de sierra que reflejan que llegó a alcanzar un máximo de 76.079 al finalizar 2009.

En el posterior descenso resultó clave la política criminal de José Luis Rodríguez Zapatero, que en 2010 sacó adelante la única reforma del Código Penal de 1995 que abrió las puertas de las cárceles hacia la calle al reducir los castigos para el trapicheo de droga y las pequeñas estafas y despenalizar el top manta –aunque también lo hizo en sentido contrario al endurecer las condenas por corrupción y declarar imprescriptible la persecución de los asesinatos y homicidios terroristas– y que, en una medida a caballo entre el tratamiento legal de la extranjería y la necesidad de desmasificar las prisiones, amplió las posibilidades de que los extranjeros sin papeles condenados a penas inferiores a seis años pudieran conmutar su encarcelamiento por la expulsión y el regreso a su país con un destierro de entre cinco y diez años.

¿A qué se debe esa extraña convivencia entre una baja tasa de delincuencia y un elevado índice de población penitenciaria? El abogado penalista y profesor de Derecho de la Universidad de Zaragoza Eladio Mateo Ayala llama la atención sobre un eventual efecto ilusorio provocado por la duración de las condenas. “Es posible que esa elevada población penitenciaria venga de atrás y sea consecuencia del cumplimiento de penas largas. Puede no haber una adecuación cronológica entre presos y condenados en el periodo que trata la estadística”, señala.

Más de 200 reclusos siguen con el código franquista

Algo de razón lleva cuando Instituciones Penitenciarias indica que 231 presos cumplen condenas dictadas con base en el Código Penal anterior a 1995. Solo 44 de ellos cumplen por terrorismo, mientras la lista incluye a 17 traficantes, 42 ladrones, 29 violadores y 89 condenados por otros delitos contra las personas. Les sale a cuenta mantener las condenas basadas en las normas de 1973, código que contemplaba, entre otros aspectos, la posibilidad de ir redimiendo la pena a cambio de trabajar en el presidio. Ese sistema resultaba en ocasiones más apetecible para los presos que las nuevas condenas, más cortas pero sin posibilidad de redención.

“Se delinque menos”, ratifica Mateo Ayala, que desmonta una de las leyendas urbanas sobre la normativa criminal. “Eso de que no se entra en presidio cuando la pena no llega a los dos años no es cierto –explica–. Es potestativo de cada tribunal, que, además de que la condena no supere esa duración, tiene en cuenta otros dos aspectos como el hecho de que sea un delincuente primario [sin antecedentes o con ellos cancelados] y que haya cubierto la responsabilidad civil [indemnizaciones] del asunto”. Y junto con esos requisitos, añade, “en ocasiones se valora la peligrosidad del reo y su disposición a reinsertarse”. Eso, en la práctica, hace que gente con condenas de unos meses acabe cumpliéndolas entre rejas.

Coincide en el análisis con María Ángeles Rueda, profesora de Derecho Penal en la misma facultad. “Una causa que puede explicar la elevada tasa de población penitenciaria en España puede residir, por una parte, en que el número de conductas que se consideran delictivas y que se castigan con penas de prisión superiores a dos años es muy superior al de otros países”, indica, antes de anotar que, desde 1995, “se han producido casi 30 reformas del Código Penal, y casi todas ellas con una ampliación del número de delitos y una agravación de las penas”.

Por otra parte, señala, “hay que añadir un notable endurecimiento de las condiciones para que el delincuente pueda obtener una suspensión de la ejecución de la pena de prisión o para lograr la libertad condicional” como otro de los factores que explican esa elevada tasa de población reclusa. Las estancias en prisión son prolongadas, ya que “quien ingresa lo hace, salvo excepciones de menor duración, para más de dos años”. “Para conseguir la libertad condicional –añade– es necesario cumplir con una serie de requisitos que se han endurecido también”.

Delincuentes, delitos y penas, en cifras

La Estadística de Condenados del INE (Instituto Nacional de Estadística) señala que el año pasado fueron condenados en España 222.862 delincuentes por 288.756 que acarrearon 247.600 penas de prisión. Algo menos del 7,5% de ellas – 11.188 – superaron los dos años de duración y en 1.934 de esos casos, los cinco. A ese número de reclusos que se enfrentan a una prolongada estancia en prisión hay que añadir una parte del 92,6% restante –141.749– que, sin superar los dos años que permiten acceder a la suspensión de la pena, no podrán disfrutar ese beneficio legal por no haber indemnizado a sus víctimas, no poder pagar las multas –los tribunales impusieron 224.900- o tener antecedentes.

Dieciocho años atrás, en 1998, el número de personas condenadas fue de 110.672, algo menos de la mitad que el año pasado. Cuando el INE comenzó a desglosar los datos, en 2007, la cifra de delincuentes se había disparado a 147.160, la de delitos había subido a 213.740 y, sin discriminar su duración, las penas de prisión ascendían a 121.217, a las que había que sumar 11.796 casos de responsabilidad penal subsidiaria –ingreso en prisión por incumplir algún apartado de la sentencia– y 776 arrestos de fin de semana –cuyo cumplimiento entre rejas era ineludible por mucho que su duración conjunta fuera breve–, además de 369 castigos de localización permanente, que normalmente se cumplían en el domicilio señalado por el reo.

Casi la tercera parte de esas 11.188 penas de más de dos años de prisión –3.537– corresponden a delitos contra el patrimonio, otras 741 tienen su origen en homicidios y asesinatos –consumados e intentados–, 760 serán purgadas por agresores sexuales y 666 se derivan de lesiones. Parte de estas últimas proceden de casos de violencia de género, aunque la estadística no las discrimina de otro tipo de agresiones físicas.

Sin embargo, llama la atención el peso que han adquirido los delitos contra la seguridad colectiva, con 4.282 condenas de más de dos años de duración. Este concepto, regulado en el título XVII del Código Penal, engloba, entre otros, los incendios, el tráfico de drogas y los delitos contra la seguridad vial, uno de los grupos en el que desde finales de los años 90 más ha crecido el número de conductas criminalizadas y más ha aumentado la severidad de los castigos que acarrea cometerlas. Los delitos al volante, de hecho, suponen casi el 90% de las infracciones contra la seguridad colectiva, con 89.445 de un total de 102.164, seguidas muy de lejos por el tráfico de drogas, con 12.415.

¿Una política criminal sin base criminológica?

Rueda, por último, echa en falta una mayor presencia de la criminología en las medidas establecidas por el legislador en la lucha contra la criminalidad. “Tenemos una carencia de estudios criminológicos –señala– que nos ayuden a comprender las condiciones que favorecen la criminalidad en nuestra sociedad”. Ese tipo de trabajos, explica, “pueden conducirnos a adoptar medidas no estrictamente penales para combatir determinadas formas de delincuencia”, ya que “reformar constantemente nuestro Código Penal ampliando el catálogo de las figuras delictivas o agravando sus penas no suele ser la mejor decisión para reducir la tasa de delincuencia, y un ejemplo de ello lo tenemos en el tratamiento penal de la denominada violencia de género”.

“A pesar de la profusa regulación punitiva de esta forma de violencia, que se castiga con penas de prisión entre otras, no se reduce su presencia”, anota, lo que“pone de relieve que para combatir este tipo de criminalidad no es suficiente el endurecimiento de la respuesta penal. Por el contrario, es imprescindible estudiar sus causas y proponer medidas que permitan aminorar sus efectos”.

Entre los pocos estudios que abordan la desmesurada relación entre delincuencia y población penitenciaria en España se encuentra el reciente Informe ROSEP, elaborado por la Red de Organizaciones Sociales del Entorno Penitenciario, que concluye que “España no es un país inseguro”, con una tasa de delincuencia inferior a la media europea en un 27%. “Sin embargo –añade–, nuestra tasa de encarcelamiento es la tercera más alta de Europa, un 34% por encima de la media. Encarcelamos a 133 personas por cada 100.000 habitantes, más del doble que Finlandia, Suecia o Dinamarca. La población penitenciaria se ha multiplicado por 8 en los últimos 40 años y sólo en los últimos 20 años hemos pasado de 40.000 a 60.000 personas encarceladas. Este aumento no se ha debido a un aumento de la criminalidad sino a que la duración de las penas ha aumentado”. Tanto como para duplicar a la media europea y multiplicar por nueve las de países como Dinamarca.

Rueda echa en falta una mayor presencia de la criminología en las medidas establecidas por el legislador en la lucha contra la criminalidad

El tercer grado y la condicional desploman la reincidencia

ROSEP considera “posible reducir el número de personas encarceladas sin que aumente la criminalidad ni la alarma social” aplicando “medidas alternativas a la prisión para los delitos más comunes”. Y, como muestra, resalta que desde 2010, con la reducción de las penas por la venta de drogas al menudeo, la expulsión de los presos de origen extranjero y la menor aplicación de la prisión preventiva por parte de los jueces, “la población penitenciaria se ha reducido en 14.000 personas y la tasa de delincuencia ha seguido descendiendo”.

“El exceso de población penitenciaria en nuestro país se corresponde con un déficit en nuestro Estado del Bienestar”, concluyen, ya que “el 60% de las personas presas lo están por delitos contra el patrimonio (robos y hurtos) y delitos contra la salud pública (tráfico de drogas)”, mientras que otro “65% tiene problemas de drogodependencia y un 8% problemas graves de salud mental”.

Sin embargo, no es la política criminal, a menudo diseñada de manera vehemente y a golpe de noticiario, lo único que falla en el sistema. Un estudio de la Generalitat de Catalunya cifra la tasa de reincidencia en el 34%. “Siete de cada diez personas excarceladas han vuelto a la prisión en los cinco años posteriores de seguimiento”, señala el informe, que contiene dos datos de alto interés criminológico: la reincidencia baja al 18,1% cuando el preso ha regresado a la calle a través de un tercer grado, un régimen progresivo de libertad que exige que tenga un trabajo, y se desploma hasta el 11,6% cuando el recluso ha estado en libertad condicional.

Eduardo Bayona

Enrique Martínez Reguera

És un filòsof, psicòleg, pedagog i escriptor gallec. Ha exercit durant més de quaranta anys com educador de joves en cases de tutela, ha escrit varis llibres sobre aquesta mateixa educació i ha lluitat en pro de la dignitat de d'infants i joves. Fruit d'aquesta feina educativa ha col·laborat en la fundació madrilenya de la Coordinadora de Barris i l'Escola sobre Marginació. És membre també del Centre San Pió X de la Universitat de Salamanca.

En la seva obra es pot apreciar la sensibilitat a favor dels més dèbils, obra que s'ha projectat cap a Amèrica Llatina amb el seu treball al Brasil. 

A causa de l'atracció que el món de la infància produïa sobre ll, va estudiar pedagogia, i més tard psicologia i filosofia, pensant a ser útil als nens per millorar la seva infància. 
Després de més de 40 anys aplicats a revisar la pedagogia, 30 d'intensa convivència amb nens i joves marginats, diu que no ha tingut millors mestres que els propis nens. 

Els seus llibres:

  • La calle es de todos (1982)
  • Cachorros de nadie (1988)
  • Catón moderno para analfabetos de la vida (1990)
  • Tiempo de coraje (1996)
  • Pedagogía para mal educados (1999)
  • Cuando los políticos mecen la cuna (2001)
  • Troya Nagó. Historia de Zumbi de los Palmares (2002)
  • De tanta rabia tanto cariño (2006)
  • Con los niños no se juega (2007)
  • Remando contracorriente (2009)
  • Esa persona que somos (2012)
  • No le pongáis alambradas al viento (2014)
  • Manifiesto personal contra el sistema (2015)
  • Relatos breves con espoleta (2016)
El 24 de maig tindrem el plaer d'escoltar els plantejaments entorn a l'educació i el càstig que fa, us hi esperem! 

E. Martinez Reguera: "Los niños son materia de consumo y se le está sacando rendibilidad"